Detalles del crimen tras la audiencia del sábado

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El detenido podría recibir una condena que establece un mínimo de 11 años y un máximo de 25. Para los investigadores no existió la figura de "emoción violenta".

El detenido podría recibir una condena que establece un mínimo de 11 años y un máximo de 25. Para los investigadores no existió la figura de «emoción violenta».

 

Durante la audiencia pública celebrada el pasado sábado en el marco del hecho de homicidio ocurrido en Bv. Ovidio Lagos y Tucumán de Casilda, intervinieron la Jueza de la Investigación Penal Preparatoria del Distrito Judicial Nº7 de Casilda, Mariel Minetti, y por el Ministerio Público de la Acusación el Dr. Juan Pablo Baños Fiscal Adjunto del MPA y la Dra. Marianela Luna Fiscal de Distrito; mientras que por la defensa lo hizo la Dra. Trinidad Chiavera del Sistema Público de la Defensa.

 

Este Ministerio Público de la Acusación atribuye al Sr. Van Autenboer (65) que en fecha 17 de Noviembre de 2017 aproximadamente a las 04:00 horas de la madrugada en la ciudad de Casilda por calle Tucumán, metros antes de llegar a Bv. Ovidio Lagos, descender de su vehículo Renault Scénic, dominio FVS204 de color oscuro, y efectuar 4 disparos con un arma de fuego contra Leandro Carlos Brízzola (41) causándole su muerte. Impactándole dos proyectiles en su brazo derecho y dos en línea media axilar los que ingresan al tórax, manifestándole luego: «viste lo que te pasó por hacerte el vivo»; para darse posteriormente a la fuga a bordo de su vehículo, previo apuntar con el arma a las personas que se encontraban en el lugar. Fue parte del relato expuesto por el Fiscal Baños durante la audiencia del pasado sábado 18.

 

En esta primera etapa de la Instancia Penal Preparatoria la calificación legal ensayada es «homicidio agravado por uso de arma de fuego en carácter de autor», aunque podría tener un vuelco en lo sucesivo, hacia homicidio calificado con premeditación.

 

Brízzola tenía antecedentes en trámite desde el año 99 al 2008; todas causas prescritas y archivadas del viejo sistema de Justicia por hechos de amenazas, daños, faltas, código de faltas, violación a la ley de estupefacientes, ninguna guardaba relación contra el hoy detenido como homicida. Y en el sistema actual (Fiscalía) sólo tenía una causa del mes de agosto del corriente por amenazas en el ámbito de la conserjería del Casilda Club donde habría golpeado una mesa y se habría referido a la hija del detenido con insultos y amenazas, causa que la Fiscalía llevó adelante y citó a la femenina en cinco oportunidades hasta que finalmente se presentó.

 

Por otra parte, el detenido también cuenta con causas, si bien la defensa remarcó durante la audiencia que su defendido no poseía causas, obraban en su legajo una serie de hechos de código de faltas, delitos menores, e incluso haber sido detenido durante un allanamiento en la sede del Club en el año 2008, también asentadas en el viejo sistema de Justicia. Obviamente Brízzola tenía más antecedentes aunque no contaba con un acumulado de denuncias por parte de su agresor, e incluso seguía frecuentando la sede social del Club. Club en el que había jugado al Fútbol desde que tenía 9 años hasta cumplir sus 25.

 

En el centro abajo, Leandro Brízzola en su paso por el equipo de fútbol de Casilda Club, desde sus 9 años hasta los 25 apróximadamente.

En el centro abajo, Leandro Brízzola en su paso por el equipo de fútbol de Casilda Club, desde sus 9 años hasta los 25 apróximadamente.

 

…del interior del automóvil las pericias hallaron un cartucho intacto calibre 22 largo debajo del asiento delantero del acompañante, también le realizaron extracción de sangre y orina al imputado y procedieron al secuestro de un revolver calibre 22 largo, con número de serie visible, con capacidad para 9 cartuchos. Su carga estaba completa, de los cuales cinco proyectiles se encuentran servidos y los 4 restantes de tipo punta hueca se encuentran intactos. La prueba de aptitud balística del revolver secuestrado arrojó resultados positivos. También secuestraron el teléfono celular del imputado. Respecto del hallazgo en cuanto a la cantidad de balas disparadas, el mismo guarda relación con las declaraciones coincidentes de los testigos que aseguraron que fueron 4 detonaciones hacia Brízzola y luego el amigo de la víctima afirmó que tras intentar perseguirlo con su moto al homicida éste detuvo su auto y le apuntó con el arma disparando una vez, no logrando impactar. Sumando así los 5 cartuchos servidos. Relató el Fiscal Juan Pablo Baños mientras hizo referencia al acta de procedimiento del momento de la detención del imputado.

 

La Fiscalía se expresó de forma clara, «hay un hecho de muerte, hay una víctima, hay un homicida. El hecho a investigar es la muerte y fue resuelto en lo inmediato esa misma mañana en que ocurrió todo, la PDI detuvo al autor y secuestró el arma utilizada». Desde el MPA descartan la posibilidad de «emoción violenta» que intentó plantear la defensa, ya que los Fiscales a cargo de la investigación sostienen que no hubo tal situación.

 

La emoción violenta se tiene que dar en el momento, por ejemplo si hubiera habido una discusión con Brízzola y este hubiera sacado un objeto y lo hubiera atacado, o en ese momento hubiera agarrado a alguien de su familia y en ese momento actúa; o el clásico ejemplo donde encontrás a un ser querido tuyo engañándote y entonces reaccionas. Entonces ahí se da emoción violenta, es en el momento. No hay emoción violenta cuando vos habías tenido un problema de vieja data, estuviste un par de horas, después salís lo buscas y lo matas, eso es pre meditado, eso sería homicidio calificado. Aseguró una fuente cercana a la causa y agregó, el homicida apuntó con su arma de fuego a todas las personas que estaban en la estación de servicio, una vez ejecutado Brízzola. En ningún momento se fue a «entregar», el arma la secuestró la PDI en el allanamiento. El imputado no tiene como explicar jurídicamente ninguna causa que a él lo exima del delito que cometió ni que lo atenué.

 

Sobre el final de la audiencia la Jueza Mariel Minetti expresó que hay elementos de convicción suficientes a esta altura de la investigación que probabilizan la autoría en el hecho que se la ha imputado al Sr. Van Autenboer, homicidio agravado por el uso de arma de fuego, hay testimonios de gente presente, testimonios concordantes, hay una descripción del vehículo y toma de patente que llevan al secuestro posterior del mismo y la detención de Van Autenboer, secuestro de arma del arma de fuego en su poder en las mismas condiciones que fueran descritas respecto de los disparos efectuados, 4 de los cuales impactaron en Brízzola. Por lo expuesto Minetti resolvió dar lugar al pedido de la Fiscalía y otorgar una Prisión Preventiva sin plazo para el imputado, argumentando la peligrosidad procesal debido por ejemplo a la probabilidad de fuga que puede existir en relación a la alta pena en expectativa, que tiene un mínimo de unos 11 años y un máximo de 25, o así también el entorpecimiento probatorio, entre otros puntos.

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1 respuesta

  1. pamela dice:

    El asesino tiene que estar preso de x vida. Xq mato y tanto que hablan de leo el asesino tiene todas las causas iguales q tenia leo y una peor que fue preso entnces no hablen si no saven el sabia lo que hacia mato y tiene que ir preso.

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